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Cuánto cobrar por el arriendo de un estacionamiento

Para saber cuánto cobrar por el arriendo mensual de un estacionamiento, parte de lo que piden estacionamientos parecidos en tu comuna, ajusta por lo que suma o resta valor (techado, seguridad, acceso, tamaño) y verifica que el precio cubra los gastos comunes y las contribuciones. El arriendo se declara siempre en la renta anual, y si ofreces el estacionamiento al público puede quedar afecto a IVA. Deja todo por escrito en un contrato.

Por el equipo de FacilParking · Actualizada en

Mira los valores de tu comuna

El valor del arriendo lo marca, sobre todo, lo que se paga por estacionamientos parecidos en la misma comuna, y muchas veces en el mismo barrio: no vale lo mismo uno en Providencia que uno en Puente Alto, ni uno junto a una estación de metro que uno a diez cuadras. Busca avisos de arriendo de estacionamientos en portales inmobiliarios y de clasificados, y anota al menos cinco con su precio y lo que ofrecen.

Usa el valor del medio como punto de partida, no el más alto: los avisos más caros suelen ser los que nadie arrienda. Si cerca hay estacionamientos comerciales con planes mensuales, súmalos a la comparación.

Qué suma y qué resta valor

  • Techado o subterráneo

    Protege del sol y la lluvia, y es lo que más cambia el precio.

  • Seguridad

    Portón, conserjería, cámaras o control de acceso al edificio.

  • Acceso las 24 horas

    Poder entrar y salir a cualquier hora vale más que un horario restringido.

  • Tamaño y maniobra

    Que entre una camioneta sin maniobrar de más, y que no sea un estacionamiento doble.

  • Ubicación

    Cerca de oficinas, comercio, estaciones de metro o zonas con parquímetro, donde estacionar en la calle es caro o difícil.

  • Bodega incluida

    Si el arriendo incluye bodega, se cobra aparte o suma al precio.

Verifica que cubra tus costos

El arriendo tiene que cubrir lo que te cuesta el estacionamiento: los gastos comunes que le corresponden, las contribuciones si las paga, la mantención del control de acceso y el impuesto que vas a pagar por el ingreso. Si lo compraste para arrendarlo, compara además lo que te deja al año con lo que pagaste por él.

Impuestos: lo que dice el SII

Renta. El SII indica que el arriendo de estacionamientos, oficinas o bodegas siempre se declara en la renta anual, para calcular el Impuesto Global Complementario. El beneficio del DFL 2 no aplica: es solo para casas y departamentos. Si declaras el arriendo con contrato, puedes usar las contribuciones como crédito, salvo que arriendes a tu cónyuge, conviviente civil, parientes cercanos o personas relacionadas.

IVA. El arriendo de un inmueble sin instalaciones está exento de IVA (DL 825, artículo 12, letra E, N.º 11), pero el estacionamiento de vehículos en lugares destinados a ese fin está gravado (artículo 8, letra i). El SII ha distinguido entre arrendar el espacio como inmueble a una persona determinada, sin abrirlo al público, que no estaría gravado (Oficio 1998 de 2016), y ofrecer estacionamientos al público aunque sea por mes, que sí lo está (Oficio 3311 de 2016). Si el arriendo queda gravado, hay que emitir boleta y declarar el IVA cada mes.

No encontramos un pronunciamiento del SII sobre el caso más común: una persona que arrienda por mes el único estacionamiento de su departamento. Si estás en ese caso y tienes dudas, consulta al SII o a un contador. Esta guía es orientativa y no reemplaza esa asesoría.

Si está en un condominio

La Ley 21.442 de Copropiedad Inmobiliaria trata los estacionamientos como unidades de dominio exclusivo. Los que forman parte de la cuota mínima obligatoria solo se pueden vender o asignar a quienes tengan una unidad en el condominio; la ley no menciona su arriendo. Igual revisa el reglamento de copropiedad, que regula el uso de los bienes comunes y el acceso al edificio.

Los estacionamientos de visitas son bienes comunes: no se pueden vender ni asignar en uso exclusivo a nadie, así que no son tuyos para arrendar.

Qué dejar en el contrato

  • El número del estacionamiento, el valor, el día de pago y la forma de pago.
  • Cómo y cada cuánto se reajusta (por ejemplo, en UF o según el IPC).
  • La patente del vehículo autorizado y si se puede cambiar.
  • Quién paga los gastos comunes y el control de acceso.
  • La garantía, si la hay, y el aviso para terminar el contrato.

Si administras un estacionamiento comercial y quieres ofrecer planes, la guía de planes mensuales explica cuántos espacios reservar y cómo controlarlos por patente.

Fuentes

Preguntas frecuentes

¿Cuánto se cobra por arrendar un estacionamiento al mes?
Depende de la comuna y del edificio: no hay un valor único. La forma más rápida de saberlo es buscar estacionamientos parecidos en arriendo en tu comuna en portales inmobiliarios y ajustar por techado, seguridad, acceso y tamaño.
¿Hay que declarar el arriendo de un estacionamiento?
Sí. El SII indica que si arriendas estacionamientos, oficinas o bodegas siempre tienes que declarar esos ingresos en la renta anual. El beneficio del DFL 2 es solo para casas y departamentos, no para estacionamientos.
¿El arriendo de un estacionamiento paga IVA?
Depende de cómo se arriende. El arriendo de un inmueble sin instalaciones está exento, pero el estacionamiento de vehículos ofrecido al público está gravado, aunque se cobre por mes. Si tienes dudas sobre tu caso, consulta al SII o a un contador.
¿Puedo arrendar mi estacionamiento a alguien que no vive en el edificio?
La Ley 21.442 restringe la venta de los estacionamientos de la cuota mínima a quienes tengan una unidad en el condominio, pero no menciona su arriendo. Revisa igual el reglamento de copropiedad, que regula el uso y el acceso al edificio. Los estacionamientos de visitas son bienes comunes y no se pueden asignar a una persona.

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